Estas prestaciones están dirigidas a niños y niñas y sus familias que formen parte de un hogar perteneciente al 40% de menores recursos del país según el Registro Social de Hogares y presenten una situación de vulnerabilidad especial, con excepción del subsidio familiar que se dirige a las gestantes que pertenezcan al 60% de familias más vulnerables del país.
El subsidio familiar se entrega a partir del quinto mes de gestación, por lo que se conoce como subsidio maternal cuando es entregado a una mujer gestante.
Estas prestaciones son coordinadas y articuladas desde el nivel local, mediante la acción intersectorial de la red comunal de Chile Crece Contigo.
Subsidio familiar (maternal)
El subsidio familiar está garantizado a contar del 5to mes de gestación (subsidio maternal) y hasta que el niño o niña cumpla los 18 años de edad, en la medida que cumplas con los requisitos establecidos por la ley para este beneficio.
En caso de estar embarazada, el pago considera el periodo completo de embarazo si no hubieras percibido otros beneficios incompatibles al momento de postular que generen una disminución en el monto de pago final (monto máximo estimado para el periodo, $123.640.- ).
Este beneficio está destinado a mujeres gestantes que no pueden acceder a la Asignación Maternal.
El pago de esta Asignación se hace exigible a partir del 5º mes de embarazo, previa certificación médica, extendiéndose con efecto retroactivo por el período completo de gestación. Sólo se paga una Asignación Maternal, aún en el caso que el parto fuere múltiple.
Son beneficiarias de esta asignación:
– Trabajadoras embarazadas dependientes, independientes y en goce de subsidio de cualquier naturaleza (exceptuando el subsidio maternal o familiar).
-Cónyuges embarazadas y causantes de asignación familiar de trabajadores dependientes, independientes y en goce de subsidio de cualquier naturaleza.
Una vez asignado y verificado el derecho al beneficio, éste se paga retroactivamente y por todo el período de gestación.
No tienen derecho al beneficio: pensionadas, cónyuges embarazadas de pensionados y personas cuyo ingreso mensual sea igual o superior a 719 mil 503 pesos.
Rango de ingreso (en pesos) | Monto de la asignación |
---|---|
Hasta $ 315.841 | $ 12.364 |
Entre $ 315.842 y $ 461.320 | $ 7.587 |
Entre $ 461.321 y $ 719.502 | $ 2.390 |
Desde $ 719.503 | $ 0 |
Para más información pincha acá.
Subsidio familiar al recién nacido.
Si recibiste el subsidio maternal, puedes invocar garantía a la continuidad de este una vez nazca tu hijo(a) solicitando el “Subsidio Familiar al Recién Nacido”. Lo anterior, previo registro e informe de solicitud en la oficina de subsidios en un plazo menor a 3 meses desde su nacimiento. En ese momento también puedes hacer la solicitud simultánea al SUF como “madre beneficiaria”.