La trabajadora o el trabajador que adopta un hijo/a menor de seis meses gozará tanto del período de posnatal (12 semanas) como del posnatal parental (12 semanas adicionales). En caso de adoptar un niño (a) mayor de seis meses y menor de 18 años, tendrá derecho al permiso postnatal parental.
Leer respuesta completaEl postnatal parental siempre empieza una vez terminado el postnatal, ya sea el normal o el suplementario. En ningún caso se superponen.
Leer respuesta completaEsta ley es una norma que extiende a los padres el derecho de salir de su trabajo para poder alimentar a su hijo o hija hasta a edad de 2 año
Leer respuesta completaPuedes llamar a la Superintendencia de Seguridad Social SUSESO al 2620 4500 – 2620 4400 organismo autónomo del Estado a cargo de fiscalizar el cumplimiento de la normativa de seguridad socia
Leer respuesta completaEl acceso a salas cunas y jardines infantiles, esta una prestación que está garantizada para las personas que pertenecen al 60% de la población más vulnerable
Leer respuesta completaCuando la salud de un niño menor de un año requiera la atención en el hogar con motivo de enfermedad grave, hecho que debe ser acreditado con certificado médico, la madre trabajadora tiene derecho a un permiso y subsidio por el período que el respectivo servicio determine
Leer respuesta completaSi la trabajadora no lleva a su hijo/a a la sala cuna designada por el empleador no existirá para éste obligación alguna de pagar el costo de aquella donde la madre trabajadora lleve a su hijo/a
Leer respuesta completaLa madre trabajadora que tiene un hijo(a) menor de dos años, tiene derecho a gozar del beneficio de sala cuna previsto en el artículo 203 del Código del Trabajo, aun cuando se encuentre haciendo uso de licencia médica o en cualquier otro evento que le impida cuidar adecuadamente a su hijo menor de dos años. Asimismo, […]
Leer respuesta completaLos derechos respecto a la maternidad son irrenunciables, es decir, la trabajadora y su empleador no pueden acordar algo diferente a lo que en esta materia señala la Ley. Por ello, si deseas hacer uso de tu derecho deberás llevar a tu hijo o hija a la sala cuna que la empresa haya contratado, debiendo […]
Leer respuesta completaExiste un conjunto de beneficios dispuestos a facilitar tu permanencia en el sistema escolar y para apoyarte en tu rol maternal
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